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¿Qué cambios nos trae el nuevo Reglamento General de Protección de Datos? ( I.)

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REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO (Art. 30 del RGPD-2016/679)

registro_lopdEl Reglamento General de Protección de Datos, que será de aplicación a partir del próximo 25 de mayo de 2018, elimina la obligación de inscribir los ficheros de datos personales en las Agencias de Protección de Datos. En su lugar, se establece la obligación de llevar a cabo un Registro de Actividades del Tratamiento, necesario para abordar otras obligaciones como el análisis de riesgos, la obtención del consentimiento de los interesados o el cumplimiento del deber de información.

Para organizar el registro se puede tomar como base los ficheros que ya fueron declarados a la AGPD detallando todas las operaciones que se realizan sobre cada conjunto estructurado de datos. Para facilitarlo, la AGPD pone a disposición de los responsables, a través de su sede electrónica la posibilidad de realizar la descarga (en formato Excel o XML) del contenido completo del documento de inscripción de ficheros que se hubiera presentado.

El registro contendrá al menos:

1. Información del responsable, corresponsable, representante y delegado de protección de datos.
2. Finalidad y base legítima del tratamiento.
3. Categorías de interesados y datos recabados.
4. Categorías de destinatarios (actuales o previstos) a los que comunicar los datos.
5. Transferencias a un tercer país u organización internacional.
6. Plazos previstos de supresión de datos.
7. Descripción de medidas de seguridad.

Por otro lado está previsto en el artículo 31 del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos (aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre) que las entidades que integran la Administración Local (entra otras) deben hacer público el inventario de sus actividades de tratamiento, siendo accesible por medios electrónicos.

El Registro de Actividades de Tratamiento, deberá mantenerse siempre actualizado y a disposición de las autoridades de protección de datos.

En los próximos boletines iremos analizando los principales cambios que se producirán con la entrada en vigor del nuevo reglamento.

Para más información,  ver infografía RGPD en el siguiente enlace: https://www.animsa.es/pricipales-cambios-que-introduce-el-reglamento-gerenal-de-proteccion-de-datos/